Ha pasado casi dos años desde que la Sentencia del Tribunal Supremo nº 705/2015 de 23 de diciembre de 2015 declarara abusiva la cláusula en la que el BBVA imponía al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario.

Desde ese momento no han tardado en empezar a salir Sentencias en nuestros Juzgados menores y Audiencias Provinciales que siguen el criterio marcado por el Alto Tribunal.

En lo que respecta a la provincia de Valencia encontramos las Sentencias números 578/2016 y 617/2016 de fechas 27 de abril de 2016 y 4 de mayo de 2016 de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia a la que se une la recientísima Sentencia 438/2017 de 6 de noviembre de 2017 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia en las que se declara nula por abusiva la cláusula financiera referida a los gastos desembolsados por la parte prestataria (el consumidor) en la formalización de la garantía hipotecaria.

Según la citada Sentencia, la cual sigue el pronunciamiento del Tribunal Supremo, y teniendo en cuanta que solo se puede pedir la restitución de los gastos correspondientes a la formalización de la hipoteca, y no de la compraventa, los gastos a los que debería haber hecho frente la entidad bancaria son los que se citan a continuación:

-Gastos Notariales y Registrales.

-Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

-Gastos de gestoría (tramitación), siempre que su intervención haya sido impuesta por el banco.

Por tanto, la consecuencia jurídica de la nulidad de la cláusula, como así ha establecido la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016, es el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraba el consumidor de no haber existido dicha cláusula, por lo que deberán restituirse las cantidades desembolsadas por el consumidor en los citados conceptos.

Para reclamar la nulidad de la citada cláusula y la restitución de las cantidades necesitamos estudiar cada caso concreto y ver toda la documentación de la que se dispone, para ello desde nuestro despacho estaremos a su entera disposición ante cualquier duda que le pueda surgir al respecto.

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